jueves, julio 05, 2007

Prohíben recobro de intereses en tarjetas


tsj. BCV REGIRÁ TASAS MÁXIMAS Y MÍNIMAS
Prohíben recobro de intereses en tarjetas
Fuente: Panorama Digital
La decisión del máximo tribunal del país beneficia a 3 millones 700 mil usuarios. También quedan eliminados los cobros por mantenimiento y renovación. La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) prohibió el cobro de intereses sobre intereses en el uso de tarjetas de crédito, que se conoce como anatocismo, y estableció que el Banco Central de Venezuela (BCV) deberá fijar las tasas de interés, máxima y mínima, para dichas tarjetas. “Lo que creemos es que hay que aplicar correctivos porque de las ganancias del sistema financiero, un 86% proviene del cobro de las comisiones por servicios”, dijo Trino Alcides Díaz, presidente de Sudeban. Aclaró que esta medida no es retroactiva y que los reclamos comenzarán a partir de ahora. Tampoco se podrán realizar cobros a través de robots y mensajes.

Texto: Israel Pacheco

Caracas

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia con ponencia de su vicepresidente, Jesús Eduardo Cabrera, y a través de la presidenta del TSJ, magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, declaró parcialmente con lugar una acción intentada por la asociación civil Alianza Nacional de Usuarios y Consumidores (Anauco), contra la Asociación Bancaria de Venezuela, el Consejo Bancario Nacional, la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras y el Banco Central de Venezuela.

La sentencia afirma que “se impide el anatocismo (cobrar intereses sobre intereses en las tarjetas de crédito) y sanciones a quienes lo practiquen y que; en consecuencia, no autorice la aplicación por parte de las entidades bancarias o financieras de sistemas de cálculo de intereses sobre intereses generados en facturaciones anteriores”.

El dictamen de la sala del alto Tribunal también ordenó a la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras “que uniforme la fórmula y metodología del cálculo de intereses de cualquier tipo, a ser aplicada al sistema de crédito por tarjetas de créditos, por parte de las entidades bancarias, lo que debería ser informado a los usuarios”.

El presidente de la asociación civil Alianza Nacional de Usuarios y Consumidores (Anauco), Roberto León Parilli, indicó que con esta sentencia “se ha ordenado la inmediata incorporación de normas prudenciales que establezcan los sistemas de fórmulas de cálculos unificados, no varios sistemas de fórmulas, sino uno sólo aprobado por la Sudeban, a partir del cual se ejercerán los cálculos en las tarjetas de créditos”.

“Se ordena al Indecu hacer lo propio para velar porque no esté presente el anatocismo en los cálculos hacia los usuarios. Tampoco se pueden realizar cobros a través de robots, mensajes o desprestigiar al usuario”, afirmó.

Esta sentencia beneficia aproximadamente a 3 millones 700 mil personas, según dijo León Parilli.

BCV fijará las tasas

Adicionalmente, la sentencia afirma que “el BCV debe fijar anualmente y de inmediato a este fallo, la tasa de interés máxima y mínima para las tarjetas de crédito, con base en los principios de equidad y proporcionalidad que protejan tanto al sistema crediticio como al consumidor del mismo, en esta especialidad”.

El presidente de la Comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional, Ricardo Sanguino, expresó ayer que una de las medidas favorables es que “la Sudeban dictará las normas en las que se impida que los negocios afiliados al sistema obliguen a las personas a pagar las cuentas con tarjetas de créditos o de débito, si el cliente desea pagar en efectivo”.

Otra decisión importante del falló establece que la Sudeban, mediante una resolución, se incluya que los cargos productos de la utilización de la tarjeta por personas diferentes al tarjetahabiente “no se cobrarán a éste, por ser indebidos, a menos que se compruebe su culpabilidad”.

No cobrarán comisiones

El pronunciamiento del máximo Tribunal menciona que la Sudeban deberá eliminar el cobro de los gastos de cobranza no causados, “los de mantenimiento o renovación de la tarjeta y los de emisión de los estados de cuenta, pues ellos son necesarios para que el negocio jurídico tenga lugar, y por tanto, corren a cargo del emisor y no del usuario”.

León Parilli señala que la Sala prohibió todo tipo de coerción que no sea judicial para el cobro de los saldos de las tarjetas.

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